El pasado mes de septiembre me multaron por exceso de velocidad en la N-330 de Zaragoza a Huesca -punto kilométrico 508-, cuando me dirigía a un polígono cercano donde trabajo. La verdad es que conocía el radar, pero me despisté y me ‘cazaron’ a 100 km/h. Como la sanción era de sólo 100 euros la pagué al día siguiente porque me hacían una reducción del 50%. Sin embargo, un compañero de trabajo dice que ese radar está ‘mal puesto’, que debería multar a partir de 100 km/h y no a partir de 90 km/h y que han denunciado a la DGT muchos conductores y les están devolviendo el dinero. ¿Es cierto? ¿Puedo pedir que me lo devuelvan?
José Samper Laínez, Zaragoza
RESPUESTA: En efecto, la DGT ha reconocido su error y archivado las sanciones impuestas por ese radar de velocidad desde el 26 de agosto hasta el 17 de septiembre. Ese radar estaba mal ‘calibrado’, porque en esa carretera está permitido circular a 100 km/h, dado que es una carretera de doble sentido, pero que cuenta con una mediana.

Es decir, no se aplica la normativa de 90 km/h de velocidad máxima para las carreteras secundarias sin separación de carriles. De hecho, existe una señal cercana al radar que indica que la velocidad máxima permitida es 100 km/h en esa vía.
Nos imaginamos que usted es uno de los afectados por el error, por lo que puede dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico y pedir la devolución del dinero pagado por la multa mal impuesta.











